Avanza al Senado, ley para que ningún servidor público gane más que AMLO

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Vanessa Duarte | Acustik Noticias

Tras cuatro horas de discusión, los diputados aprobaron en lo general y particular la reforma constitucional para evitar que los servidores públicos, particularmente los de los organismos autónomos federales y estatales, tengan una remuneración mayor a la que percibe el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador.

El documento señala, en su régimen transitorio, que las remuneraciones de los funcionarios que sean superiores a lo que establece el decreto, deberán ser disminuidas al año siguiente, siempre y cuando se haya cumplido con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordena al Congreso de la Unión, corregir la Ley Federal de Remuneraciones de los servidores públicos y aclarar cómo se debe calcular el sueldo del presidente de la república, cuyo tope es de 108 mil pesos.

El dictamen fue turnado al Senado de la república, y modifica los artículos 116 y 127 de la Constitución Política de la siguiente manera:

En el artículo 116, que ordena a los entes públicos estatales incluir en sus proyectos de presupuesto sus tabuladores de percepciones, se incluye a las personas de derecho público y a los órganos autónomos, como es el caso del IFT,  INAI, IFT y la CNDH.

En el artículo 127, se agregan a las personas de derecho público y a los órganos con autonomía –estatales y federales– dentro del grupo de entes públicos, cuyos servidores deben sujetarse al mandato de que no pueden ganar más que el ejecutivo federal.

También se aprobaron dos reservas presentadas por diputados del PAN y de Movimiento Ciudadano. Además, se votó una modificación al artículo Segundo Transitorio con 377 votos a favor, cuatro en contra y 43 abstenciones, la cual fue presentada por el diputado José Elías Lixa Abimerhi (PAN).

La modificación presentada por el panista señala que las remuneraciones de las personas contempladas en el primer párrafo del artículo 127 de la Constitución: ‘sean superiores al límite máximo establecido en el presente decreto y deberán ser ajustadas o disminuidas, en los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente a aquél en que haya entrado en vigor el presente decreto y siempre que se haya dado cumplimiento a la sentencia del 20 de mayo, emitida por el Pleno de la SCJN en la Acción de inconstitucionalidad 105/2008 y su acumulada 108/2018’.

Igualmente se aprobó incorporar un artículo Cuarto Transitorio, propuesto por el diputado Jorge Eugenio Russo Salido de Movimiento Ciudadano el cual estipula que el Congreso de la Unión deberá realizar reformas a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto.

En dicha reforma se deberá establecer el organismo técnico responsable de los estudios para definir los parámetros, elementos y procedimientos relativos a las remuneraciones de los servidores públicos, lo anterior a efecto de que emita una opinión fundada y motivada a la Cámara de Diputados”.

Imagen: Reporteros Acustik

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