Actúa INM con base en la ley y respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas migrantes.

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El Instituto Nacional de Migración (INM) cumple con lo establecido en las normas mexicanas, tratados internacionales, la Ley de Migración y su reglamento, así como con los ejes rectores promovidos por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Por ello, el INM combate toda práctica de transfobia, racismo, xenofobia y violaciones de los derechos de las personas en tránsito por el país.

Con respecto al caso de una persona de nacionalidad brasileña que fue inadmitida para ingresar al país, se informa que la autoridad migratoria actuó, como lo hace siempre, con base en la ley y respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas migrantes, sin importar, entre otros, su origen étnico o nacional, sexo, edad, religión o identidad de género.

La persona de nacionalidad brasileña no acreditó durante el procedimiento de segunda revisión los requisitos contenidos en las fracciones V, VII y IX del artículo 60 del Reglamento de la Ley de Migración, referentes al lugar donde se hospedaría, las actividades por realizar en el país y su boleto de salida de territorio mexicano.

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