Proponen que no se condicione la disponibilidad del saldo adquirido en un celular a un plazo de vigencia

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La diputada del PVEM, María del Rocío Corona Nakamura, impulsa una iniciativa con el propósito de que no se condicione la disponibilidad de saldo para realizar o recibir comunicaciones de voz a la compra de nuevas recargas en teléfonos celulares, una vez que la vigencia del saldo haya expirado.

Para ello, propone reformar la fracción XVI del artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece que los usuarios gozarán de los derechos previstos en esta Ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se remitió a la Comisión de Radio y Televisión para su análisis.

Afirma la legisladora por Jalisco que “la condición o sujeción de términos, plazos de vigencia o expiración del saldo adquirido mediante recargas es, sin duda alguna, un abuso”.

Porque si el usuario, al final de este plazo, no consumió el total del saldo disponible, éste queda congelado o almacenado sin que lo pueda utilizar y solo se reactiva hasta que se haga una nueva recarga, explica.

Considera que con estas medidas se condiciona el disfrute de nuestro saldo, el aprovechamiento del derecho adquirido al servicio y a estar comunicados, el goce de nuestro dinero, lo cual “no es correcto y no puede seguirse tolerando porque atenta contra todos los usuarios de este imprescindible y valioso servicio”.

Este ejercicio en materia de recargas de saldo por parte de las compañías telefónicas en el país es una forma engañosa y disimulada para forzar y atar a la población a estar haciendo de manera permanente recargas de saldo, agrega.

Además, perjudica la economía de los usuarios de telefonía celular y de las familias de menores recursos, porque el 84 por ciento de las recargas que hace la población en promedio son por los montos más bajos disponibles en el mercado. Para ocho de cada 10 personas, la recarga que realizan para contar con servicios de telefonía celular les representa un gasto oneroso.

Por ello, dijo, debe modificarse el marco jurídico, para que, al menos, el saldo que los usuarios adquieren con su dinero y en ejercicio de su derecho de acceso a la comunicación no se sujete a vigencia alguna o se condicione su disfrute a una nueva recarga para poder seguir haciendo y recibiendo llamadas.

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