SCJN rechaza amparo a exlíder de la CNTE

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó amparar al exsecretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y exlíder de la sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), Rubén Núñez Ginez, quien enfrenta un proceso penal por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La defensa de Núñez había impugnado el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal, mismo que fue declarado constitucional por unanimidad en la Sala I de la SCJN.

De acuerdo con información de Milenio, sobre la impugnación presentando, la defensa del exlíder de la CNTE argumentó que el segundo párrafo, bajo el argumento de la expresión ‘algún delito’, violaba el principio de tipicidad, por ser vaga, imprecisa, abierta o amplia, al no especificar a qué delito se refería.

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Bajo ese argumento, la defensa de Núñez alegó que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita tuvo su origen para combatir acciones como el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la delincuencia organizada, la trata de personas, el tráfico de migrantes, la fabricación y el tráfico de armas, así como el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo.

En respuesta, el ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló en su proyecto de sentencia que los argumentos del maestro son infundados, pues el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya no sólo buscan tutelar bienes jurídicos que podrían verse afectados por los delitos antes mencionados:

Hoy en día, su espectro de tutela es más amplio, pues atiende igualmente a delitos vinculados con la seguridad de la nación, la estabilidad y sano desarrollo de la economía nacional, la preservación de los derechos humanos y la seguridad pública. Amplitud de objetos jurídicos tutelados, que incluso llevó a su ubicación sistemática junto a la figura del encubrimiento Congruente con lo anterior, el legislador, en ejercicio de la libre configuración legislativa que le corresponde, optó, no por un sistema de numerus clausus, como lo pretende el quejoso y recurrente; sino por un sistema abierto, que admite como delito previo, cualquier clase de delito”.

Al respecto, el abogado de Rubén Núñez, Hugo Serafín Paz dijo que ahora corresponderá al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito pronunciarse sobre el tema de la legalidad.

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La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a Núñez y a otros dirigentes de la CNTE de lavar 132 millones de pesos entre 2013 y 2015, cuando controló el Instituto Estatal de Educación Pública (IEEP) de Oaxaca.

De acuerdo con la denuncia de la PGR, Núñez firmó convenios ‘ilícitos’ con tres empresas y una persona física que le entregaban comisiones del 3.5 por ciento cada quincena por medio de transferencias bancarias a siete cuentas que tiene la CNTE.

Con información de Milenio, Reforma y Reporte Índigo.

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