Nueva diferencia entre INE y Tribunal por spot ‘Niños candidatos’

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Por: Enrique Serna
Acustik Noticias

CDMX. 4 de mayo del 2018.- A finales del mes de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, negó el retiro provisional del promocional denunciado, identificado como ‘¿Y si los niños fueran candidatos?’, sin embargo; en una sesión privada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó revocar dicho acuerdo, al considerar que el promocional denunciado, contiene elementos suficientes para justificar la adopción de las medidas cautelares solicitadas, en tanto pueden influir en las preferencias electorales.

Lo anterior luego de que el partido MORENA y Jorge Alcocer Villanueva promovieron impugnaciones contra la decisión del INE, ante el TEPJF, según informó el propio Tribunal en un comunicado, donde se detalla que el spot incluye elementos directamente relacionados con el proceso electoral federal que se lleva a cabo, en particular la frase “piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa”.

Adicionalmente se expuso que las prohibiciones constitucionales relativas a la contratación de promocionales que pretenden influir en las preferencias electorales son absolutas, por lo que era suficiente para el dictado de la medida cautelar, con el simple hecho de que, en el promocional denunciado, se realizara una invitación a pensar el voto en favor de una opción que fuera coincidente con la idea de transformación educativa, continúa el texto; por lo que se ordenó suspender de manera inmediata su difusión.
El promocional fue difundido por la organización Mexicanos Primero Visión 2030, A.C.

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