Rosa Elena Soto
Ciudad de México. 2 de marzo de 2018.- Con el propósito de regular los servicios que prestan las entidades bancarias a través de medios tecnológicos, además de su organización, operación y funcionamiento, la Cámara de Diputados aprobó la llamada ‘Ley Fintech’.
La minuta que expide la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también tiene el propósito de combatir el lavado de dinero y fomentar la protección de las personas que utilicen servicios tecnológicos financieros.
Pleno avaló de los diputados aprobó en sus términos la minuta enviada por el Senado por 286 votos a favor, 3 en contra y 63 abstenciones.
Con este nuevo marco jurídico se regulará los pagos electrónicos, el financiamiento colectivo, los activos virtuales y la asesoría financiera a los miles de usuarios que utilizan las 250 empresas fintech que existentes en el país.
Se regularán:
- Pagos electrónicos
- Financiamiento colectivos
- Los activos virtuales
- Asesoría Financiera
Fuente: Senado de la República
Con ésta Ley también se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de leyes como la de Instituciones de Crédito, del Mercado de Valores, General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para Regular las Sociedades de Información Crediticia, y para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
El dictamen que crea la llamada Ley FinTech, precisa que para la organización y operación como Institución de Tecnología Financiera (ITF) se requiere autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y éstas deberán difundir la información que permita a sus clientes identificar los riesgos de sus operaciones.
Tendrán que divulgar los peligros de manera clara y sencilla a través de su página de Internet o el medio que utilicen para prestar su servicio, especificando que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el gobierno federal ni por el Banco de México (Banxico).
Deberán informar sobre la imposibilidad de revertir las operaciones una vez ejecutadas y la volatilidad del valor de esos activos y los riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude inherentes.