Propone Sader modificación de norma para captura de jaiba

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A través de una actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-039-PESC-2003, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una propuesta para cambiar  las medidas de regulación pesquera para el establecimiento de tallas mínimas de captura de jaiba en aguas del litoral del océano Pacífico y en el Golfo de California.

De acuerdo con la Sader, la jaiba constituye una de las principales pesquerías del país, al contribuir con la economía regional donde se captura, principalmente en los estados de Sinaloa y Sonora.

Según lo publicado en el DOF, se propuso una serie de ajustes a las medidas de regulación pesquera, especificadas en la NOM-039-PESC-2003, para lo que consideró estudios y opiniones técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca).

A través de la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura (Conapesca), la dependencia mencionó que buscan aprovechar el uso del crustáceo y el fomento de la pesca responsable de la especie, cuya captura está posicionada en el lugar diez de la producción pesquera en México.

Las propuestas de ajustes a la NOM fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico de la pesquería de jaiba y por el Subcomité de Pesca Responsable y posteriormente aprobadas por los integrantes del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria.

En el litoral del océano Pacífico y Golfo de California la jaiba tiene diferentes características  y se reproduce de manera no regular, por lo que la Sader informó que planea establecer tallas mínimas de captura.El Proyecto considera que, para al aprovechamiento sostenible de la jaiba, se deben establecer NOMs y medidas  productivas al inducir en la preservación del ambiente y de los otros recursos biológicos.

Investigaciones del Inapesca detallan que de las especies de jaiba presentes en el Océano Pacífico: la verde, guerrera, café o jaibón contribuyen con el 75 por ciento de la captura total; el 24 por ciento se compone de la azul o cuata y el uno por ciento restante de negra, gigante o guacho.

De acuerdo con un comunicado, la NOM es de observancia obligatoria para los titulares de concesiones y permisos de pesca, así como capitanes o patrones, motoristas u operadores, pescadores y tripulantes de dichas embarcaciones, y demás sujetos que realizan el aprovechamiento de todas las especies de jaiba en las aguas marinas del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California.

Imágenes: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

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