Ávila Ruiz, apoya la promoción de una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, a fin de garantizar los principios de nuestra Constitución.

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Redacción Acustik Noticias

Cuidad de México. 14 de junio de 2018.- El pasado 7 de junio, los senadores panistas Daniel Ávila Ruiz, Ernesto Ruffo Appel y la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, promovieron una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Federal de Comunicación Social ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Dicho documento estuvo respaldado en total por 51 firmantes, quienes estuvieron de acuerdo en que los artículos 5, 6 y 134 constitucionales habían sido violentados por el Ejecutivo federal al momento de promulgar la Ley de Comunicación Social.

El legislador yucateco, señaló que en este tema, la responsabilidad que tienen como representantes populares, es garantizar que exista una verdadero ejercicio de la libertad de expresión, y por ello era de suma importancia promover la acción de inconstitucionalidad con el objeto de que los ministros de la Suprema Corte cuenten con toda la información necesaria para poder trabajar y mantener, por encima de todo interés particular el interés público, el interés nacional, en la que todos los mexicanos puedan acceder a información verdadera y no manipulada, de esa forma la ciudadanía, podrá calificar el ejercicio de la República, del Poder Legislativo y del Poder Judicial, pero sobre todo, del Poder Ejecutivo.

A su vez, la Senadora Martha Tagle, señaló que no solo se deben cumplir con los plazos establecidos por parte de la Corte para expedir una ley reglamentaria, sino también, se debe cumplir con el fondo, es decir, garantizar a través del marco legal que existan medios libres para ejercer la libertad de expresión y el derecho a la información.

La impugnación de la Ley General de Comunicación Social que se aprobó por el Congreso de la Unión antes del 30 de abril, y promulgado posteriormente por el Ejecutivo Federal, fue causado por el intento de legalizar el uso discrecional de los recursos públicos para la contratación de medios y de propaganda gubernamental y las facultades discrecionales que le dan a la Secretaría de Gobernación para seguir siendo el órgano que controle la contratación de espacios públicos para dicho fin.

Lo anterior ocasiona que no se garantice la igualdad en la participación de todos los medios de comunicación, tampoco que haya criterios claros para la asignación de recursos públicos y que, por supuesto, tampoco se garantice que las y los ciudadanos puedan tener acceso a la información.

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