Con el objetivo de eliminar y castigar las llamadas “terapias de conversión” en el estado, la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del congreso local, que integran los diputados Guillermo Vega Guerrero, Leticia Rubio Montes y Germaín Garfias Alcántara, aprobaron la reforma al Artículo 142 Ter del Capítulo Séptimo del Código Penal, en materia de terapias para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto de la orientación sexual o identidad de género. Se denominan terapias de conversión a las intervenciones que tienen como finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género; sus promotores afirman que estas terapias pueden transformar a las personas gays, lesbianas o bisexuales en heterosexuales.
Por este motivo, la comisión dictaminadora aprobó la reforma al Código Penal, para que, a quien imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, terapias, servicio o esfuerzo para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad y expresión de género, se le impondrán de dos a seis años de prisión, una multa de 250 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad.
Asimismo, queda prohibido cualquier tipo de tratamiento, terapias, servicios o acciones consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona en la que se emplea violencia física, moral o psicoemocional mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.
Por otra parte, si estas prácticas se hicieran en menores de edad o personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, la pena se aumentará en una mitad. El presidente de la comisión dictaminadora, diputado Guillermo Vega informó que se tuvieron más de ocho sesiones de trabajo con psicólogos, abogados, activistas y funcionarios públicos buscando entender el contexto y origen de esta iniciativa desde el punto de vista de los derechos humanos dando como resultado una reforma al Código Penal para establecer como delito la generación de este tipo de terapias que de manera cruel e inhumana generan esfuerzos para buscar corregir la orientación sexual.
El legislador comentó que actualmente en el estado no hay denuncias sobre el tema porque no existía el delito en la ley, pero sí hay antecedentes de casos documentados sobre situaciones que encajan en este hecho.
Por su parte, el diputado Germaín Garfias precisó que “en el país la orientación sexual es reconocida y protegida contra la discriminación al ser un derecho al libre desarrollo de la personalidad, con fundamento en la Constitución federal y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Respetar los derechos y libertades reconocidos, es garantizar su libre ejercicio sin discriminación alguna, este es un compromiso del estado y debe velar por su cuidado y protección”.
Consideró que aún existen múltiples formas de discriminación y violencia en contra de las personas con diferentes preferencias sexuales, y los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, (Ecosig) son de las más crueles y violentas, por lo que reprueba categóricamente que se lleven a cabo este tipo de terapias. Por último, el diputado Armando Sinecio Leyva, autor de esta iniciativa, informó que este hecho es una violación a los derechos humanos de las personas con diferentes preferencias sexuales, además de las prácticas severas que se realizan en este tipo de centros en dónde tratan el hecho como una enfermedad.