El T-MEC y la Reforma Eléctrica, tema del Foro 14 del Parlamento Abierto sobre la iniciativa del Ejecutivo

En el Foro 14 “Convencionalidad de la iniciativa de reforma eléctrica: T-MEC vs Reforma Eléctrica” del Parlamento Abierto para analizar la iniciativa del Ejecutivo, participaron abogados de la Comisión Federal de Electricidad y especialistas en el tema.

El abogado general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Raúl Jiménez Vázquez, indicó que la reforma constitucional planteada por el Presidente de la República cumple con una responsabilidad política, social, jurídica e histórica de orden superior; garantiza los intereses supremos de la nación y asegura una vida digna; es necesaria e impostergable; está alineada a los principios vertebrales del constitucionalismo social y, de ninguna manera, contraviene el Tratado de Libre Comercio México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).

 

Detalló que en el capítulo 8, relativo al rubro de la energía, se establece que: “México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna”, esto significa que la propuesta constitucional no está constreñida por el ámbito de aplicación de materia del T-MEC.

En contra de la iniciativa, Ana López Mestre Martínez, directora General en American Chamber of Commerce of México, señaló que “lo que nos preocupa de la iniciativa es que afectaría la confianza de los inversionistas, comprometería la transición energética y la integración de las cadenas de suministro de Norteamérica y que sí se contrapone a los compromisos que México ya adquirió en el T-MEC”.

Afectaría la inversión, agregó, porque esta iniciativa es la más reciente de varias acciones encaminadas a proteger a las empresas energéticas estatales en detrimento de las privadas y de la libre competencia del mercado.

A favor, Almudena Otero de la Vega, abogada del departamento de Arbitraje de la CFE, dijo que la reforma constitucional es compatible con las obligaciones del T-MEC. Puntualizó que no tiene efectos discriminatorios ni favorece a inversiones de un país en particular, por lo que éstos tienen las mismas circunstancias independientemente de su nacionalidad.

Subrayó que los términos en los que está planteada la reforma en los artículos 25, 27 y 28 no violan el principio de trato nacional. “Los inversionistas extranjeros cuentan con las mismas oportunidades para generar electricidad y competir en el mercado que los privados mexicanos. Ambos están en circunstancias similares para competir en el 46 por ciento disponible en la inversión privada y se les aplicará el mismo marco jurídico”.

Kenneth Smith Ramos, ex jefe de la negociación técnica para T-MEC y socio en AGON-Economía, Derecho, Estrategia, indicó que la reforma como está redactada es violatoria del T-MEC y podría haber represalias comerciales y demandas multimillonarias en contra del país. Refirió que el capítulo 8 de ninguna manera otorga a México un cheque en blanco para violar el Tratado, a través de cambios constitucionales.

¿Qué es lo que sucede? Cualquier cambio constitucional, a leyes secundarias o reglamentos técnicos tiene que ser compatible con los compromisos del Tratado. “No podemos tomar el capítulo 8, el cual tiene que ver con hidrocarburos y argumentar que eso da la posibilidad de negar todos los demás compromisos que se tienen del Tratado”. Agregó que el T-MEC protege las inversiones en el sector eléctrico a través del capítulo 14 en materia de inversión.

Afirmó que no se puede usar el capítulo 8 como un as bajo la manga para decir que no podemos o no debemos cumplir con la obligación que se plasma en el capítulo de empresas comerciales del Estado, acceso a mercado, obstáculos técnicos al comercio y en materia de inversión.

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