CNDH MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN ANTE LA RESOLUCIÓN DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DICTADA POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE Y LAS POSIBLES ACCIONES DE AUTORIDADES ESTATALES

En las sesiones públicas celebradas los días 8, 10 y 14 de febrero del año en curso, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió el proyecto de resolución de la acción de inconstitucionalidad 48/2021, interpuesta por esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En ese sentido, el Alto Tribunal determinó que las entidades federativas, en ejercicio de sus atribuciones en materia de prevención y control de enfermedades transmisibles, están facultadas para implementar medidas adicionales para hacer frente a tales circunstancias extraordinarias en el ámbito local, siempre y cuando no contradigan las disposiciones de observancia general emanadas por el Consejo de Salubridad General o la Secretaría de Salud Federal, lo que incluye la facultad de reglamentar dichas actividades.

Es decir, con dicha resolución se reconoce que las legislaturas locales se encuentran facultadas por la Ley General de Salud para establecer las medidas de seguridad sanitaria que estimen pertinentes para hacerle frente a las emergencias sanitarias de que se trate.

Sin embargo, ante esa situación, la CNDH expresó, que en ejercicio de esa atribución por parte de los estados de la República se adopten medidas que resulten represoras y desproporcionadas para las personas por el incumplimiento del uso obligatorio de cubrebocas, cosa que ya ha sucedido en algunos casos que, incluso, han dado pie a recomendaciones de este organismo constitucional autónomo.

En otras palabras, a la Comisión Nacional le preocupa que, en el contexto actual de pandemia, se incite al miedo y por ende a la violencia por parte de la población, y que las autoridades hagan uso excesivo de la fuerza para afrontar la contingencia de salud, además de que prevean medidas que conlleven a la transgresión de los derechos humanos a la integridad y a la seguridad personal, entre otros, so pretexto de hacer efectivo el uso obligatorio de cubrebocas.

Por ello, la CNDH instó a los distintos órdenes de gobierno a implementar acciones administrativas y legislativas que efectivamente hagan frente a la contingencia ocasionada por el SARS-COV-2 y garanticen la protección del derecho a la salud y del resto de los derechos fundamentales de todas las personas, pues aunque las legislaturas de las entidades federativas cuenten con facultad para establecer distintas medidas en materia de salubridad general, esta no puede, en ningún caso, entenderse como una permisión para vulnerar derechos humanos.

 

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