La titular de la Contraloría General del Estado, Isela Uribe Alvarado, invitó a las personas servidoras públicas tanto del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima, como de los Organismos Públicos Descentralizados y Autónomos a realizar sus declaraciones patrimonial y de intereses, a las que por ley están obligadas a presentar.
La funcionaria estatal informó que es la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su artículo 32, la que señala que todas las personas servidoras públicas están obligadas a presentar ambas declaraciones.
Refirió que en el artículo 33 determina que la declaración patrimonial inicial deberá presentarse dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del ingreso al servicio público por primera vez; o por el reingreso al mismo después de los sesenta días naturales de la conclusión del último encargo.
Mientras que la declaración patrimonial de conclusión, debe realizarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del encargo.
Añadió que en ese mismo artículo se advierte que si transcurridos los plazos no se hubiese presentado la declaración correspondiente, sin causa justificada, se iniciará inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas correspondientes.
Mencionó que, tratándose de la omisión en la presentación de la declaración inicial, la consecuencia o sanción es que la autoridad competente declarará que el nombramiento o contrato ha quedado sin efectos, por lo que se separará del cargo a la persona servidora pública y para el caso de omisión en la presentación de la declaración de conclusión, se inhabilitará a la persona infractora de tres meses a un año.
“Hay dos versiones, la versión ampliada y la versión simplificada; la versión ampliada es de jefaturas de departamento hacia arriba y la versión simplificada es para quienes tengan puestos menores”, abundó.
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