La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), a través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), informa sobre el Aviso por el que se da a conocer la Norma Ambiental para la Ciudad de México NACDMX-007-RNAT-2019 que establece la clasificación y especificaciones de manejo integral para los residuos de la construcción y demolición:
El aviso fue publicado este martes 20 de julio en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por lo que una vez entrada en vigor la NACDMX-007-RNAT-2019 queda sin efectos la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013, publicada el 26 de febrero de 2015
Con la NACDMX-007-RNAT-2019 además de establecer la clasificación y especificaciones para el manejo de los residuos de la construcción y demolición, se busca fomentar el manejo adecuado de estos residuos, así como garantizar su reciclaje, reúso y su correcta disposición final
De acuerdo con el Diagnóstico del Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos para la Ciudad de México (PGIRS) 2016-2020, durante 2014 en la Ciudad de México se generaron 12,003,359.51 metros cúbicos de residuos de la construcción; 18,478.71 toneladas material ferroso y 26,151.94 toneladas de otro tipo de residuos asociados a las obras de construcción o demoliciones
La norma establece que los residuos de la construcción y demolición deberán seleccionarse en el origen y entregarse en los sitios autorizados por esta Secretaría o por la autoridad ambiental competente, de forma separada para facilitar su valorización, de acuerdo con las siguientes categorías:
A)Concreto simple
B) Concreto armado
D)Mampostería con recubrimiento
F)Mezcla Asfáltica
H)Elementos prefabricados con materiales mixtos
I)Otros Residuos de Manejo especial generados en obra
Para fines del manejo de los residuos de la construcción y demolición, los generadores de los mismos tendrán las siguientes categorías, conforme al volumen o su equivalente en masa según el tipo de material y de residuos que generen sus actividades por proyecto al año:
A)Grandes generadores: más de 80 m3/año (o proyecto)
B) Pequeños generadores: más de 7 m3/año y hasta 80 m3/año (o proyecto)
C) Microgeneradores: hasta 7 m3/año (o proyecto)
Los residuos generados en obras de construcción como construcción, modificación, remodelación, ampliación, adecuación, rehabilitación, restauración, reparación, sustitución de infraestructura, conservación, mantenimiento, instalación, demolición u otras deberán separarse en la fuente generadora y ser objeto de un Plan de Manejo
Los residuos como metales, excavación y residuos de manejo especial establecidas deberán de separase en obra con la finalidad de ser enviados a sitios de valorización o reciclaje. El almacenamiento de los residuos de la construcción y demolición, dentro de la fuente generadora o predio, podrá realizarse por un periodo máximo de un mes, debiendo minimizar la dispersión de polvos y la emisión de material particulado con el uso de agua tratada o cubrirlo con lonas, plásticos u otro material que evite la dispersión
Durante la recolección y transporte se debe mantener la separación de estos residuos realizada desde la fuente por el generador y evitar mezclarlos con los residuos sólidos urbanos u otros de manejo especial o peligrosos. Además, se deberá describir el proceso de medición para cuantificar los residuos que son recibidos por el centro de acopio o centro de transferencia