La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) señaló que los periodos de veda que se aplican en el año tienen el propósito de conservar, preservar e inducir un aprovechamiento racional de las poblaciones de las diferentes especies acuáticas que habitan y se desarrollan en las aguas de jurisdicción federal del país.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Conapesca, determina los periodos y zonas de veda para la captura de estos recursos y es la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola quién difunde el calendario de restricciones y aperturas pesqueras, refirió.
Lo anterior, basado y sustentado en la evidencia científica que emite en su dictamen técnico el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca), indicó la dependencia federal.
Señaló que la Conapesca es responsable de vigilar la aplicación de la normatividad y conservar, administrar y garantizar así el aprovechamiento racional de recursos como el atún, camarón, mero, pulpo, jaiba, entre otros, y que su explotación en tiempo de captura o pesca rinda mayores beneficios a la economía nacional.
Para cumplir con dicho propósito, las vedas para especies marinas y dulceacuícolas se dividen en distintas categorías, una de ellas es la permanente, la cual establece que no se puede aprovechar el recurso en ningún momento del año, de forma indefinida, señaló la dependencia.
Bajo esta categoría se encuentran especies como ballenas, caracoles, delfín nariz de botella, foca fina, manatí, tortugas de agua dulce y marinas, totoaba, tiburón blanco, vaquita marina, manjúa, coral blando y elefante marino, entre otros.
El segundo estrato es la veda fija, la cual se establece por un periodo definido que se repite cada año. En esta categoría se incluyen abulón, almejas, atún, camarón del Pacífico y del Golfo de México, caracoles, curvina golfina, erizo rojo, jaiba, langosta, lisa, liseta, mero, ostión, pulpo, rayas, robalo blanco y prieto y algunas especies de tiburones.
La tercera categoría es la veda variable, que se establece por un periodo definido, el cual se actualiza de forma anual. Aplica para especies como bagre, bobo, charal, langostino, lobina, pescado blanco, tilapia y todas las de escama en aguas continentales.
Las especies de picudos están reservadas para la pesca deportiva recreativa dentro de la franja de 50 millas en la Zona Económica Especial (ZEE).
La Secretaría de Agricultura y Conapesca llamaron a los pescadores a cumplir con la normatividad y denunciar la violación a la veda ante las autoridades competentes en su localidad.