A través de un proyecto en la Norma Oficial Mexicana, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) planea establecer regulaciones para aprovechar la pesca de la merluza en los litorales del océano Pacífico y el Golfo de California.
Por medio de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), realizó una revisión de los requisitos de la pesquería de merluza, teniendo en consideración las observaciones de especialistas, productores y organizaciones de la sociedad civil
De acuerdo con un comunicado, las propuestas de Norma Oficial Mexicana fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico y por el Subcomité de Pesca Responsable y aprobadas por los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria.
En el Subcomité de Pesca Responsable participaron dependencias como la Sader, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), la Secretaría de Marina, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Economía, el Instituto Politécnico Nacional, entre otras.
Según el documento, ‘se autoriza el arrastre escamero con doble aparejo y por popa como sistema de pesca, la luz de malla mínima de la red debe ser de 4 pulgadas en el bolso y de 5 pulgadas en el cuerpo con un máximo de 80 embarcaciones como límite de esfuerzo pesquero’.
Se prohíbe pescar merluza en los polígonos destinados a la conservación de la vaquita marina en la zona del Alto golfo, así como en las áreas naturales protegidas y Zonas de Refugio Pesquero.
El Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) informó que en ningún caso se podrán capturar y retener ejemplares vivos, muertos o en partes de tortugas marinas, delfines, mamíferos marinos o alguna otra especie en riesgo, en dado caso de hacer una pesca incidentalmente deberán regresarse al mar.
Asimismo, se establecerá una cuota de captura de merluza para cada temporada y por embarcación, misma que darán a conocer a través del Diario Oficial de la Federación; el seguimiento y control de las cuotas de captura en los sitios de desembarque serán verificados por la Conapesca o por las personas acreditadas.
Por otra parte, los titulares de permisos y concesiones, los patrones o capitanes de las embarcaciones para la pesca comercial de merluza estarán obligados apoyar y participar en los programas de investigación que haga la Conapesca, Inapesca o Sader.
También deben participar en al menos 20 por ciento del total de viajes de pesca en los programas de observadores; llenar avisos de entrada y salida al mar; llevar una bitácora de pesca y entregarla a la dependencia, así como llevar un dispositivo de geolocalización.
Imágenes: Pixabay y Sader