Vanessa Duarte | Acustik Noticias
Con diversas modificaciones, los senadores aprobaron con 98 votos a favor, 22 en contra y una abstención, la minuta que establece normativas para el procedimiento de revocación de mandato del presidente de la república, y regresa a la Cámara de Diputados para su eventual aprobación.
Uno de los cambios más importantes que se le hizo a los artículos transitorios incluyó que, en caso de solicitarse el proceso de revocación de mandato para el presidente Andrés Manuel López Obrador, la solicitud de firmas debe comenzar en el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre de 2021.
Esta señala que la petición correspondiente deberá presentarse dentro de los primeros 15 días de diciembre de 2021 y si la solicitud es procedente, el Instituto Nacional Electoral emitirá la convocatoria dentro de los 26 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud. La jornada de votación será a los 60 días de emitida la convocatoria.
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Pese a los carteles que sostenían los senadores de Morena desde sus curules en los que se leía: ‘El pueblo pone y el pueblo quita’, y en las del PAN que decían: ‘Ni revocación, ni reelección’, se lograron los consensos de todas las bancadas, incluso la del PRI para que esta ley avanzara.
Miguel Ángel Osorio Chong, coordinador de lo senadores del PRI, dijo que se logró fijar en mecanismos de participación ciudadana y democracia directa al interior del Estado mexicano.
La revocación de mandato debe mantenerse fiel a su espíritu y no caer en la tentación de utilizarla para terminar un mandato de forma anticipada o para extender su duración más allá de las reglas establecidas; debe ser solución y no problema para brindar salidas institucionales ante escenarios extremos donde exista una crisis de legitimidad”.
Ricardo Monreal Ávila, líder de la fracción parlamentaria de Morena, celebró que se hayan alcanzado los consensos necesarios, toda vez que se lograron hacer cambios a la minuta enviada por la Cámara de Diputados. Precisó que fueron modificados puntos que los grupos de oposición demandaron: ya no será el día de la elección, será solicitada por los ciudadanos, lo organizará el INE y la Cámara de Diputados será la que asuma la titularidad de manera interina en el caso de que haya una revocación de presidente de la república.
Incluso, el senador Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD, señaló que al dictamen original se le hicieron modificaciones casi en un 90 por ciento, en comparación con como llegó de la colegisladora.
Se han establecido reglas claras para la consulta popular, se han despejado muchas de las interrogantes que se tenían, se ha señalado con toda claridad que no es un ejercicio para un refrendo electoral; se ha incluido una definición de la revocación de mandato, a la ciudadanía se le tiene que platicar, se le tiene que informar de lo que aquí se ha logrado”.
Otros aspectos que contempla esta normativa es que el proceso de revocación de mandato será convocado por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de al menos el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas.
Así mismo, la organización, desarrollo y cómputo de la votación estará a cargo del INE; mientras que la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación resolverá las impugnaciones correspondientes.
Imagen: Reporteros Acustik