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La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 70 y 70 bis de la Ley de Migración con el fin de que toda persona migrante sujeta a un proceso administrativo tenga el derecho a que se le notifique y contacte con su consulado siempre que así lo desee.
El documento, avalado por 432 votos a favor y cinco abstenciones y devuelto al Senado de la República en términos del artículo 72 constitucional, menciona que el migrante también podrá tener uno o varios representantes legales y estar asistido por las personas que libremente designen para la protección de sus derechos humanos.
En caso de que el extranjero no indique a algún defensor, se le hará saber que tiene derecho a ser representado por uno; De no nombrarlo, el Estado se lo designará, además, podrá contar con ayuda médica y psicológica.
En el caso de personas solicitantes de asilo o protección internacional, sus derechos estarán sujetos a lo establecido en la misma ley y a los principios del derecho internacional.
A su vez, las que se encuentren en estaciones migratorias tendrán las medidas necesarias para garantizarles el acceso efectivo a la representación legal.
La reforma también establece que el Instituto Nacional de Migración (INM) está obligado a avalar y permitir el acceso a la comunicación de los extranjeros con sus representantes legales.
Precisa que para todos los asuntos en los que estén involucradas personas migrantes, se deberán observar todos los derechos que en su favor establece la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.
Además, está mandatado a informar al Instituto Federal de Defensoría Pública, con el fin de que este ofrezca orientación legal y asistencia jurídica gratuita a las y los migrantes que adolezcan de un defensor particular.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), destacó que el objeto es proteger a los migrantes y brindarles una adecuada defensa de sus derechos.
Se deberán observar todos los derechos que a su favor establece la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, así como los protocolos de actuación especializados.
Dijo que en la actualidad, la Ley de Migración prevé que los extranjeros sean representados por las personas que designe, pero sin establecer la obligatoriedad de que sean profesionistas en derecho y no prevé la asistencia de los defensores públicos.
Fotografía: Laura Brugés.