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El Gobierno de la Ciudad de México aprobó las reformas a distintas disposiciones de las leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
El día de ayer se publicó la documentación de los nuevos decretos en la Gaceta Oficial donde se modificó el nombre de las leyes para cambiar el nombre del Distrito Federal por el de Ciudad de México.
Tras estas disposiciones, las autoridades de las alcaldías de la capital podrán solicitar la alerta de violencia de género ante la Secretaría de Gobierno local por un periodo máximo de diez días en caso de que se presenten delitos graves contra las mujeres.
De acuerdo con el documento, la alerta se activará cuando se justifiquen elementos de una inadecuada investigación y sanción de esos delitos, o bien, cuando organismos lo soliciten.
En el protocolo se obliga a las 16 demarcaciones de la Ciudad de México a disponer de agentes policiacos para atender a las víctimas y trasladar a las mujeres en casos de riesgos a las Casas de Emergencias o Centros de Refugio que pertenecen a la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social.
Estas nuevas disposiciones se apegan a la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México donde la Secretaría de Mujeres se encargará de las referencias que anteriormente se remitían al Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.
Con información de El Universal, Político MX y López-Dóriga Digital.
Fotografía tomada de Animal Político.