SSA debe informar cotización en adquisición de métodos anticonceptivos: INAI

Redacción | Acustik Noticias

Ciudad de México. 05 de noviembre de 2018.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Salud (SSA) dar a conocer el estudio de mercado relacionado con el procedimiento licitatorio LA-012L0001-E144-2018, del expediente 5S.4 Adquisición de Métodos Anticonceptivos 2018.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que la adquisición de métodos anticonceptivos, es una de las acciones que el Estado debe tomar para garantizar el derecho de los mexicanos a elegir sobre su salud sexual y reproductiva sin importar género, nivel socioeconómico, raza o preferencia sexual. Este derecho incluye la toma de decisiones sobre la reproducción sin sufrir de discriminación o violencia.

Para hacerlo efectivo, los individuos necesitan tener acceso a información veraz y métodos anticonceptivos seguros, eficaces, asequibles y aceptables. El acceso a la información es importante para que las personas conozcan el derecho, decidan ejercerlo y exijan al Estado tomar las medidas necesarias para garantizar”, remarcó.

Salas Suárez dijo que varios sectores de la población requieren atención focalizada para tener información pública sobre el tema, en especial las mujeres, ya que, si están informadas, podrían prevenir enfermedades de transmisión sexual (ETS).

“Según el IMSS, el 30 por ciento de los mexicanos entre 18 y 30 años han padecido alguna ETS, debido a la falta de información para prevenir contagios. Además, México ocupa el primer lugar a nivel mundial en embarazos de niñas y adolescentes. Nuevamente, las barreras económicas y de género son causa de la no utilización de anticonceptivos en este sector de la población”, apuntó.

El comisionado Joel Salas señaló que este recurso de revisión es un ejemplo de la trascendencia de la información para defender los derechos de las personas y solucionar problemas públicos.

“Saber cómo las autoridades competentes, como la Secretaría de Salud, gestionan la adquisición de métodos anticonceptivos para su distribución entre la población, es el punto de partida para evaluar las acciones para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de los ciudadanos, así como su impacto en la solución de problemas estructurales como la discriminación y la desigualdad de género”, concluyó.

Un particular presentó recurso de revisión ante el INAI, después de que el sujeto obligado señaló que la información solicitada se encontraba reservada por 6 meses, contados a partir del día 20 de abril del presente año, por estar inmersa en un proceso deliberativo. Lo anterior, expuso, por estar relacionada con el procedimiento licitatorio LA-012L0001-E144-2018, del expediente 5S.4 Adquisición de Métodos Anticonceptivos 2018, que tiene por objeto la adquisición, entre otros insumos, de condones femeninos.

La SSA precisó que la licitación se compone de tres partidas, para los insumos DIU TCu 380A, DIU TCu para Nulíparas y Condón Femenino que, aunque ya fue emitido un fallo, éste no está firme, pues fue interpuesto un recurso de inconformidad en contra del proceso licitatorio, notificado en el oficio 12/1.0.3.4/958/2018, de la Secretaría de la Función Pública.

En alegatos, el sujeto obligado reiteró y sostuvo la clasificación en sus términos; no obstante, agregó que, con independencia del recurso de inconformidad, la información del proceso licitatorio se puede consultar en el sitio electrónico de Compranet.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Salas Suárez, se advirtió que no se acredita la causal de reserva, toda vez que la información no se encuentra relacionada con el proceso deliberativo en trámite, sino con el procedimiento licitatorio, el cual ya concluyó con la emisión del fallo.

Se explicó que el procedimiento de inconformidad, pendiente de resolución, está vinculado con la licitación, no así con la investigación de mercado, ya que éste se realiza justamente para garantizar al Estado las mejores condiciones, es decir, se trata de un insumo del procedimiento licitatorio, más no de la instancia de inconformidad.

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