Por: Rosa Elena Soto | Acustik Noticias
CDMX. 11 de octubre de 2018.- El PRD en el Senado de la República presentó una reforma a la constitución que propone la revocación de mandato al presidente de la República, a Senadores, Diputados Federales, Gobernadores, Presidentes municipales o Alcaldes en la Ciudad de México, así como a Síndicos y Regidores o Concejales.
Ante el pleno de la Cámara Alta, el senador perredista Juan Zepeda propuso que este será sólo un derecho único y exclusivo de los ciudadanos, para que todo aquel representante popular emanado de las urnas pueda ser sujeto a la revocación de mandato, cuando sea incapacitado para continuar en sus funciones de acuerdo al sentir de la sociedad civil.
El legislador del PRD expuso que entre los requisitos para que los ciudadanos ejerzan este derecho, estará que la petición de la revocación de mandato se presente ante alguna de las dos Cámaras, la cual deberá contar con el respaldo del equivalente al menos, del 20 por ciento de la Lista Nominal de Electores.
“Si nuestro listado nominal de electores actualmente es de cerca de 90 millones de mexicanos, estamos hablando de una cantidad al menos, de 18 millones de ciudadanos”, precisó.
El Instituto Nacional Electoral (INE) sería quien verifique el cumplimiento del requisito mínimo porcentual de apoyos ciudadanos y organizará y realizará la consulta, ademas de llevar a cabo el cómputo y la declaración de los resultados de la consulta.
Para que un ciudadano, un colectivo de ciudadanos pueda solicitar esta revocación de mandato estamos contemplando varias causales. Serían las siguientes que, además, cuando se aluda a alguna de estas causales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que revisar si realmente se está cumpliendo con estas causales que aludan los ciudadanos. Y son las siguientes:
Entre las causales para que proceda una revocación de mandato están que el titular del Ejecutivo Federal ordene acciones que violen sistemáticamente los derechos humanos y las garantías contenidas en la Constitución, que encubra a los secretarios de Estrado y empleados superiores cuando estos incurran en actos de corrupción, desacato a la Constitución o las leyes o en la comisión de delitos graves, entre otras.