Redacción Acustik Noticias
CDMX. 09d e agosto de 2018.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el fuero constitucional es irrenunciable, por ser una protección procesal cuya finalidad garantizar la independencia, autonomía y funcionamiento adecuado de las instituciones del Estado.
Al resolver el amparo en revisión 1344/2017, los Ministros sostuvieron que, por ello, el fuero participa en una cuestión de orden público que no es renunciable por un servidor, al existir un interés superior sujeto de protección que no puede dejarse de lado.
Con este criterio confirmaron la negativa de amparo a diversos Senadores que impugnaron el Acuerdo de la Mesa Directiva del Senado de la República de 29 de septiembre de 2016, por el cual se negó a dar trámite a su escrito de renuncia a la protección procesal prevista en el artículo 111 de la Constitución Federal, conocida como ‘fuero constitucional’.
La Sala estableció que la renuncia planteada por los quejosos no era factible de acuerdo con el marco constitucional que actualmente regula esta figura, diseñada para proteger la función desempeñada, en este caso respecto al cargo de Senadores del Congreso de la Unión.
El fuero constitucional, sostuvo la Sala, se concede a los funcionarios no en su interés personal, sino en conexión con las funciones públicas que desarrollan y para proteger éstas, sin que la autoridad jurisdiccional o cualquier otro órgano como la Mesa Directiva del Senado de la República, pueda desconocerlo.