REDACCIÓN | ACUSTIK NOTICIAS
Ciudad de México. 12 de julio de 2018.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la impugnación por la expulsión de los exmilitantes del Partido Acción Nacional debe ser atendida en primera instancia por el mismo partido.
Tras la decisión de la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista del Consejo Nacional del PAN, de expulsar a Eufrosina Cruz Mendoza, Ernesto Javier Cordero Arroyo y Jorge Luis Lavalle Maury, los exmilitantes consideraron la decisión como ilegal.
Según el órgano partidista, se violó el principio de taxatividad de las normas y se dañaron los derechos al voto libre y a la no discriminación, ya que se le juzgó por haberse expresado en contra del dirigente nacional con licencia del Partido Acción Nacional y manifestar que el sentido de su voto no sería a favor de Ricardo Anaya Cortés.
La Sala superior determinó que en un plazo razonable el partido solucione el conflicto, además de que el caso no se presentan las condiciones para que proceda el per saltum es decir el conocimiento directo del asunto por el órgano.
D.R.S.