Ríos Piter no permitió el desahogo, y se retiró, refiere INE

Redacción Acustik Noticias

CDMX. 18 de abril de 2018.- Las reacciones al desplegado que circuló en diferentes medios de comunicación, donde Armando Ríos Piter, quien no escatima intentos por aparecer en la boleta electoral; mediante un comunicado, el Instituto Nacional Electoral dio a conocer las acciones llevadas a cabo desde el pasado 10 de abril, a partir de la sentencia SUP/JDC/161/2018 y acumulados, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y que a continuación se detallan.

El 10 de abril el INE notificó al aspirante que el Instituto estaba listo para iniciar a lo largo de diez días el cotejo ordenado por el TEPJF en su sentencia SUP/JDC/161/2018 y acumulados. El aspirante no se presentó sino hasta el día 12 de abril, no permitió el desahogo de la diligencia y se retiró. Desde entonces no se ha vuelto a presentar para cumplir con lo dictado por el Tribunal Electoral.

El INE ha dispuesto de 80 personas capacitadas y de 80 equipos de cómputo para realizar el cotejo de los apoyos. Cada persona en promedio puede revisar 108 firmas por hora, de tal forma que los 10 días ordenados por el Tribunal, laborando 12 horas diarias, hacen factible revisar los 906,417 apoyos que el Tribunal ordenó. Si esa tarea no se ha hecho es porque el aspirante y su equipo no se han presentado para realizar el trabajo.

Es falso que el equipo de cómputo del INE se haya dañado por una inundación. Las bases de datos con los apoyos de los candidatos independientes están resguardadas en equipos seguros en las oficinas del Registro Federal de Electores. En el lugar designado para la realización de las diligencias, en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los equipos no tienen daño alguno y están operando al 100%. Así lo comprobó la prensa en la visita realizada el 16 de abril a invitación de dicha Dirección.

Respecto de lo manifestado por el aspirante en torno al que el Director Jurídico del INE no supo orientarlo en su causa, es importante señalar que el funcionario tiene la obligación de ser imparcial y no puede brindar ningún tipo de consulta u asesoría legal a Armando Ríos Piter o a cualquier otro actor político.

La Comisión de Prerrogativas instruyó a la Secretaría Ejecutiva del INE que solicite al Tribunal conminar al aspirante a presentarse para cumplir con el mandato judicial, y así llevar a cabo la revisión de los apoyos que el Consejo General del INE determinó como inválidos al consistir en fotocopias, simulaciones de credencial y presentación de documentos de identificación diferentes a la credencial para votar con fotografía.

Asimismo, el Instituto Nacional Electoral, a través de la Secretaría Ejecutiva, solicitará la realización de una auditoría técnica a la aplicación realizada por el INE para que se verifique que los apoyos enviados por los aspirantes son los que el Instituto ha dictaminado y que no se ha realizado manipulación alguna, como dolosamente sugiere el aspirante Armando Ríos Piter.

Armando Ríos PiterINERegistro Federal de Electores
Comentarios (0)
Agregar comentario