Por: David Rodríguez | Acustik Noticias
Ciudad de México, 09 de abril de 2018.- El artículo 99 de la Constitución Política de Chihuahua, fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que establecía que los magistrados y consejeros de la Judicatura designados por el Tribunal Superior de Justicia no podían, durante el tiempo que gocen de un “haber de retiro”, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial del Estado.
Al respecto, el ministro Arturo Zaldívar aseguró que este artículo no pasó el concurso de personalidad y por esta razón se declaró su invalidez.
“Debido a las razones que se analizan y se elaboran en el proyecto en atención a que esta medida no pasa un test de proporcionalidad, se propone declarar la invalidez del artículo 99, párrafo cuarto de la Constitución del Estado que refiere lo que acabo de mencionar”, dijo Zaldívar.
Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña Hernández destacó que la autonomía judicial va en función de una garantía que busca proteger a la sociedad.
“La autonomía e independencia judicial y, todas aquellas garantías que se les dan a los juzgadores, están en función, pero en función de una garantía para la sociedad, es la sociedad la que se ve protegida con esas garantías que se establecen, en función de los jueces.
Si tenemos jueces independientes, si tenemos jueces autónomos, tendremos una división de poderes, estará equilibrado nuestro sistema de gobierno, tendremos una democracia constitucional efectiva”, manifestó.
Durante la sesión de este lunes, el Alto Tribunal se quedó a un voto de destituir a todo el Consejo de la Judicatura del estado.
Fue el propio presidente de la Corte, Luis María Aguilar quien hizo la propuesta de cesar en su cargo a los integrantes de la Judicatura; sin embargo, el planteamiento tuvo solo siete votos a favor, uno menos de los ocho que se requieren, según la Constitución, para invalidar una norma ya vigente.