Por David Rodríguez/Acustik Noticias
CDMX. 23 de marzo de 2018.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el aseguramiento de cuentas bancarias y activos fijos sin orden judicial, de los últimos cuatro años, para aquellos casos donde se tenga un delito financiero.
Tras la sesión del Pleno, los ministros determinaron que las procuradurías y fiscalías no serán afectadas o denunciadas para congelar cuentas, mientras se realiza la investigación de un caso.
Los ministros explicaron que la inconstitucionalidad del artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) no se aplique para casos pasados, porque podrían perjudicar varias diligencias que se habían basado con la ley que estaba vigente.
En el pasado, las autoridades federales y locales tenían que solicitar la aprobación de un juez para asegurar cuentas bancarias de presuntos responsables de delitos financieros.
Esto provocaba la dilación de las investigaciones y ayudaba a que los sospechosos retiraran recursos, mientras que la autoridad se ocupaba en ganar la orden judicial para poder actuar.
Con esta resolución, la SCJN terminó con el análisis de las acciones de inconstitucionalidad que presentaron la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) contra de varios preceptos del CNPP.