Comprender distintos comportamientos de la adolescencia mejora aplicación de justicia especializada para esa población: SE del Sipinna.

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Es esencial que en los procesos jurídicos y sociales relacionados con la justicia para adolescentes en México, las y los servidores públicos estén capacitados para comprender a la adolescencia como una etapa del desarrollo humano que tiene características particulares, lo que incidirá en una aplicación de la ley apegada a sus derechos humanos, señaló el director de Políticas de Atención y Promoción de la Justicia de la Secretaría Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), Francisco Castellanos García.

Explicó que este conocimiento aplicado en la impartición adecuada de la justicia para adolescentes permitirá al país responder a las observaciones generales del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, instancia que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) por parte de los países firmantes, mediante la recepción de informes nacionales y la emisión de recomendaciones.

Castellanos García participó –vía digital– con su ponencia ‘Las Adolescencias, desafíos y conflicto con la ley’, en el seminario ‘Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes e Interés Superior de la Infancia y Adolescencias’, auspiciado por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y dirigido a agentes del Ministerio Público (MP), sus jefaturas y delegaciones, asesoras y asesores jurídicos, integrantes de los módulos de atención primaria y personal de la Fiscalía General en la entidad.

El servidor público explicó que la CDN, en su artículo 1 señala que niña o niño es todo ser humano menor de 18 años, grupo poblacional en el que la adolescencia se considera de 12 a 17 años de edad.

Aclaró que la adolescencia no se debe confundir con la acepción de adolecer, ya que la palabra adolescente deriva del latín alere (‘nutrir’, ‘alimentar’) que dio lugar a alescere ‘crecer’, ‘aumentar’, a partir de la cual, unida al prefijo ad, se formó el verbo adolescere, ‘crecer’, ‘desarrollarse’. Por último, adolescensentis significa: ‘el que está creciendo’.

Planteó que la adolescencia es una etapa de cambios en las dimensiones física, psicológica, familiar y social, y que algunos de estos son naturales por el propio desarrollo y otros son exigencias impuestas por el mundo adulto. La ciencia considera que entre los 10 y los 20 años, las y los adolescentes aprenden a ordenar sus pensamientos, a medir sus impulsos y a pensar de forma abstracta mediante bases neuronales importantes que perdurarán a lo largo de sus vidas. Mencionó que quienes practican deportes, actividades académicas o musicales refuerzan de forma positiva esas conexiones a medida que maduran estos circuitos.

Desglosó los comportamientos sociales que pueden adoptar las y los adolescentes: a) antisocial, todo aquello que va explícitamente en contra del bien común, atenta contra la estructura y organización social; b) asocial, decisión de las personas de mantenerse fuera de la interacción social, no siguen las normas ni convenciones sociales y subraya la realización de actividades solitarias; c) parasocial, expresa valores no aceptados por la comunidad pero no desea destruirlos; adopta modas, costumbres extravagantes, entre otros; d) social, todo lo aprendido en la sociedad, lo conocido, es asumido y desarrollado dentro de las normas, cultura y expectativas; y e) prosocial, va más allá de lo social; asumen todas las expresiones que tienen efectos positivos y contribuye al bienestar de las otras personas: altruismo, caridad, auxilio, cooperación.

El servidor publicó subrayó que es sustancial que quienes trabajan en la impartición de justicia cuenten con el conocimiento de los distintos comportamientos sociales de este segmento etario, lo que les permitirá comprender que ellas y ellos tienen todos los derechos, y que en razón de sus necesidades y etapa propia los gobiernos deben generar políticas públicas, marcos normativos, programas, servicios y presupuestos, en especial en el ámbito de la justicia.

Particularmente –precisó– en el caso de las policías y agentes del Ministerio Público y en los procesos de detención y averiguación. De igual manera, indicó que en algunos casos se atenderá con programas preventivos o por la justicia cívica o penal, pero siempre con apoyo de las procuradurías de protección.

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