Diputados aprueban que padres decidan el orden de los apellidos de sus hijos

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Ayer, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una serie de modificaciones a los artículos 58 del Código Civil Federal y el 19 de la Ley General de los Derechos de los Niñas, Niños y Adolescentes para que los padres elijan cuál será el orden de los apellidos de sus hijos.

De acuerdo con la información proporcionada hasta el momento, la Cámara de Diputados avaló la reforma de que los padres tengan la facultad de decidir el orden de los apellidos con 386 votos a favor, cuatro abstenciones y catorce en contra. Ahora, la propuesta será enviada al Senado de la República.

Al respecto, la panista Antonia Natividad Díaz Jiménez mencionó que la elección en el orden de los apellidos busca eliminar la discriminación hacia las mujeres y promover la equidad de género.

Privilegiar el apellido paterno sobre el apellido de la mujer refuerza prácticas discriminatorias, lo correcto e igualitario es que los padres puedan elegir de común acuerdo el orden de los apellidos de sus hijos. Por ello, las nuevas disposiciones brindarán a todas las mujeres y hombres el derecho de decir de común acuerdo con su pareja o cónyuge, el orden de los apellidos de sus hijos”.

Asimismo, se dio a conocer que en caso de no existir un acuerdo entre los padres sobre cuál será el orden de los apellidos, el juez será el encargado de elegir cómo irá el nombre del pequeño.

Por otro lado, si hay un proceso de cambio de apellidos, las niñas, niños y adolescentes tendrán el derecho de opinar y ser tomados en cuenta, dependiendo de su edad y madurez.

Además, la panista Mariana Dunyaska García mencionó que en 1980 se suscribió la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En su artículo 5 establece la obligación estatal de modificar los patrones socioculturales para eliminar prejuicios basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.

En la jurisprudencia no existen elementos objetivos que respalden esta costumbre de asentar el primer lugar al apellido paterno. No obstante se trata de una práctica común. La anteposición del apellido al de una mujer es inconstitucional, toda vez que reitera el prejuicio y discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar, motivo por el cual la Corte estableció que el orden de los apellidos debe pactarse en común acuerdo entre los progenitores”.

Con información de Infobae, El Heraldo de México y El Universal

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