Profeco sancionará a proveedores con eslóganes engañosos
Acustik Noticias
CDMX. 14 de octubre de 2018.- La Procuraduría Federal del Consumidor informó que iniciará un procedimiento contra siete proveedores que, aunque anuncian sus productos con aval científico, este no está acreditado conforme a la ley.
Estos son los productos que, aunque su publicidad dice lo contrario, podrían no estar avalados científicamente o por profesionales https://t.co/zFy4EEUYwt pic.twitter.com/lU2z2K3iAE
— Reporte Índigo (@Reporte_Indigo) October 14, 2018
Un programa de monitoreo y seguimiento basado en el artículo 32, prohíbe que se incluya en publicidad, leyendas o información que indiquen que los productos están avalados científicamente o por profesionales cuando no haya documentación que lo demuestre.
El monitoreo se realizó a 16 diferentes productos y servicios, cuyos proveedores pertenecen a diferentes sectores comerciales. En caso de que se determine la violación a la ley por parte de las siete empresas que no acreditaron el soporte técnico científico del aval o certificación que señalan en su publicidad, las sanciones consisten en clausura total o parcial hasta de noventa días; multa de hasta 3 millones 974 mil 031 pesos, y en algunos casos, ordenar la suspensión del aval, aprobación, recomendación, certificado o logotipo.
Estos son algunos de los proveedores que podrían estar violando la ley por ‘publicidad engañosa’: Colgate Palmolive S.A. de C.V., Universidad Intercontinental A.C., Merkatari S.A. de C.V., Mead Johnson Nutricionales de México S. de R.L. de C.V., Tempure Sealy México S. de R.L. de C.V., Spring Air México S.A. de C.V., ACH Foods México S. de R.L. de C.V., Danone Baby Nutrition México S.A. de C.V., Coral Internacional S.A. de C.V., entre otros.
Con información de Reporte Índigo y Profeco.gob