Ministro de SCJN avala Ley de Seguridad Interior

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Acustik Noticias

CDMX. 31 de octubre de 2018.- El día de ayer el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer su proyecto de sentencia sobre la Ley de Seguridad Interior.

El ministro propuso avalar esta ley que permite la intervención de las Fuerzas Armadas en el orden de seguridad pública y combate con el crimen organizado y delincuencia. Aunque impugno algunos aspectos de la ley.

El presidente Enrique Peña Nieto fue quien promulgó la ley, sin embargo, corresponde a la Suprema Corte determinar su constitucionalidad. Por lo que Pardo Rebolledo realizó una sentencia pública donde dio a conocer las razones para avalarla y los aspectos que se descartan.

“Soy consciente de que este ordenamiento que habré de promulgar esta tarde es especialmente sensible para la vida pública del país, por eso no emitiré declaratoria de protección de Seguridad Interior en los términos de esta ley hasta que el máximo tribunal decida sobre su constitucionalidad”, explicó Peña Nieto.

La principal controversia en la Ley de Seguridad Interior es la definición de los ámbitos y límites donde tendrían competencia el Ejército o la Marina así como los elementos policíacos.

En la sentencia de Pardo Rebolledo se declara válido el proceso legislativo por el que la Ley fue aprobada y el uso de fuerzas armadas para garantizar la seguridad interior y pública. Sin embargo, declara inconstitucionales los apartados donde las protestas se consideran como ‘amenazas’ a la seguridad.

El ministro también declaró inválidos los operativos que ‘atienden riesgos’ sin que haya una solicitud por parte de las autoridades competentes, en caso de que el operativo proceda, la información recabada de él debe ser clara y no reservarse. Además, la ley podrá ser modificada por el poder ejecutivo.

“Las condiciones y vigencia de la declaratoria de protección a la seguridad interior podrán modificarse o prorrogarse por acuerdo del Presidente de la República”, expresa la sentencia.

Con información de Reporte Índigo, Político MX y La Jornada.

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