Empleados domésticos no podrán ser afiliados al IMSS: SCJN

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Acustik Noticias

CDMX. 11 de octubre de 2018.- La Segunda Sala de Tribunal avaló la iniciativa propuesta por el ministro Alberto Pérez Dayán, que busca proteger a las empleados domésticos ante cualquier accidente o riesgo que corran en su trabajo. Sin embargo, revocó la intensión de otorgarles un seguro médico en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los patrones deben pagar riesgos y enfermedades que lleguen a sufrir los empleados domésticos durante las jornadas laborales. Estos seguros de riesgos incluyen enfermedades, maternidad, seguros de invalidez y vida; además, se debe considerar el retiro y cesantía en edad avanzada, es decir, los empleados domésticos podrán acceder a prestaciones ‘en especie’.

“El acceso a dicho régimen del Seguro Social cumplimenta con los estándares constitucionales y convencionales del derecho humano a la seguridad social, ya que brinda las protecciones estatales necesarias para que los trabajadores domésticos no se vean indebida o desproporcionalmente afectados, desde una perspectiva económica, en caso de que se generen imprevistos y acontecimientos que puedan depararles un riesgo a su proyecto de vida digno”, solicitó Pérez Dayán.

Sin embargo, la Corte no concedió un amparo a una mujer que laboró como empleada doméstica durante 50 años y pedía indemnización, además de ser inscrita al IMSS para poder jubilarse. La mujer señaló como trato discriminatorio que el órgano judicial haya determinado constitucional que los patrones sólo estén obligados a pagar gastos por riesgos dentro del trabajo pero no a inscribir a sus trabajadores a un seguro.

Con información de López Dóriga Digital, MSN y El Siglo de Durango.

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